Un juez de ejecución de penas le negó a Daneidy Barrera Rojas, conocida públicamente como ‘Epa Colombia’, la extinción de la pena que solicitó con fundamento en la Ley de justicia restaurativa, decisión que la obliga a continuar privada de la libertad.  LEA TAMBIÉN Con este fallo, se mantiene en firme la condena de cinco años y dos meses de prisión que le impuso la Corte Suprema de Justicia por los hechos ocurridos durante el paro nacional de 2019, cuando vandalizó una estación del sistema TransMilenio en el sur de Bogotá.La solicitud presentada por la defensa de Barrera Rojas se sustentó en la Ley 2477 de 2025, una norma que introdujo reformas orientadas a descongestionar los despachos judiciales, acelerar los procesos penales y fortalecer los mecanismos de justicia restaurativa, con un mayor protagonismo de las víctimas. Así lo expresa la leí en su artículo uno que cita: “La presente ley tiene por objeto reducir la congestión judicial, garantizar una administración de justicia eficaz, restaurar el equilibrio y los fines del sistema acusatorio, promoviendo la emisión temprana y oportuna de decisiones judiciales a través de mecanismos de terminación anticipada que respeten los derechos de las victimas a la reparación integral y el acceso a una justicia de calidad”. Daneidy Barrera vivió una experiencia “terrorífica”. Foto:Instagram: @epakera100k / @epacolombiaNo obstante, tras analizar la petición, el juez consideró que no era procedente conceder la extinción ni la redosificación de la pena, por lo que la influenciadora deberá continuar cumpliendo la sentencia impuesta por el alto tribunal.Con esta determinación, ‘Epa Colombia’ seguirá recluida en la Escuela de Carabineros de la Policía en Bogotá, donde permanece desde que fue trasladada desde la cárcel El Buen Pastor.  LEA TAMBIÉN La decisión se produce luego de que la Corte Suprema confirmara su responsabilidad penal y ordenara su captura en enero de 2025, al quedar en firme la condena por los delitos de instigación al terrorismo, daño en bien ajeno agravado y perturbación del servicio público de transporte colectivo u oficial.Daneidy Barrera Rojas, conocida popularmente como ‘Epa Colombia’. Foto:Instagram: @Epa_colombiaLos hechos que dieron origen al proceso judicial se remontan al 22 de noviembre de 2019, en medio del estallido social, cuando Barrera Rojas se grabó destruyendo con un martillo puertas, vidrios y registradoras de la estación Molinos de TransMilenio. El video fue difundido a través de sus redes sociales y se convirtió en una de las pruebas centrales dentro del proceso penal que posteriormente avanzó hasta llegar a la Corte Suprema de Justicia.Aunque la Ley 2477 de 2025 recibió el respaldo del alto tribunal y fue concebida como una herramienta para fortalecer la justicia restaurativa, el juez de ejecución de penas concluyó que, en este caso, no se cumplían los requisitos para aplicar la extinción de la pena. De esta manera, la estrategia jurídica impulsada por la defensa no prosperó. Los otros intentos y estrategias de Epa Colombia para buscar su libertad’Epa Colombia’ se ha realizado por lo menos siete procedimientos estéticos. Foto:Instagram: @epa_colombiaEste no ha sido el primer intento de Barrera Rojas por obtener su libertad. En el pasado, la influenciadora interpuso varias acciones judiciales, incluidas tutelas, en las que puso de presente su condición de madre de una menor de edad. Sin embargo, estas solicitudes tampoco lograron modificar la situación jurídica definida por la Corte Suprema, que mantuvo la condena y negó beneficios judiciales.En uno de los recursos presentados, la defensa también solicitó la aplicación de la ley de utilidad pública, bajo el argumento de que ‘Epa Colombia’ cumplía con los requisitos por ser madre cabeza de familia. No obstante, la entonces ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, aclaró que esa norma no era aplicable, al precisar que los delitos por los cuales fue condenada no estaban relacionados con motivaciones económicas ni con una situación de vulnerabilidad.El intento más reciente para controvertir la condena se dio a través de una nueva acción de tutela. El abogado Sofonías Santacruz Carabalí, apoderado de la influenciadora, confirmó que presentó este recurso ante la Corte Constitucional en agosto de 2025, dirigido contra la Corte Suprema de Justicia, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Bogotá.Según explicó el jurista, la tutela fue formulada como un mecanismo de “procedibilidad excepcional” y busca la protección de derechos fundamentales que, a juicio de la defensa, habrían sido vulnerados durante el proceso penal. La finalidad principal de esta acción es lograr la libertad definitiva de Barrera Rojas, solicitando la nulidad de lo actuado desde la diligencia de allanamiento a cargos.Se encuentra recluida Epa Colombia. Foto:CESAR MELGAREJO /CEETEl abogado sostuvo que el eje central del recurso no se enfoca en la tipificación de los delitos, sino en presuntas vulneraciones al debido proceso y, específicamente, al derecho a una defensa técnica adecuada. En ese sentido, afirmó que dicho pilar habría sido afectado “pasando por el control de legalidad que realizó la juez de conocimiento hasta el último grado de jurisdicción surtido mediante impugnación especial ante la sala penal de la Corte Suprema de Justicia”. LEA TAMBIÉN En el documento de tutela, la defensa argumenta que Barrera Rojas no fue juzgada con base en un “derecho penal de acto”, sino por un “derecho penal de autor”, al considerar que se le castigó no solo por la conducta vandálica, sino también por su condición de figura pública en redes sociales. Asimismo, se señala que la procesada habría sido inducida a error por un abogado al que califican como “imperito”, quien, según el escrito, actuó con “manifiesta deficiencia en el conocimiento del derecho penal y el derecho procesal penal”.Epa Colombia Foto:Instagram | @epa_colombiaLa tutela también sostiene que la asesoría deficiente se evidenció cuando el defensor original le aconsejó aceptar cargos para obtener supuestos beneficios, sin advertirle que estos no eran viables debido a la “prohibición expresa de conceder subrogados al condenado por el delito de instigación a delinquir con fines terroristas”.  LEA TAMBIÉN De acuerdo con el apoderado, la tutela fue admitida por la Sala Civil de la Corte Suprema y se encuentra en trámite. Santacruz explicó que se trata de una tutela especial contra una sentencia ejecutoriada del alto tribunal, razón por la cual involucra a múltiples entidades y personas, incluidos representantes de la empresa TransMilenio, la Fiscalía y autoridades judiciales que intervinieron en el proceso.EL TIEMPO consultó con el letrado de Daneidy Barrera Rojas sobre el estado del proceso; sin embargo, el jurista aclaró que la solicitud de extinción de la pena que fue negada por el juez no fue presentada por él, sino por otro letrado que integró previamente la defensa de la influenciadora. Según explicó, ese recurso correspondía a una estrategia jurídica distinta a la que actualmente adelanta. Por lo pronto, se sabe que el nuevo intento fue revisado por el juez tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad. LAURA NATHALIA QUINTERO. REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS. 

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